lunes, 28 de marzo de 2011

ACTIVIDAD 18!!!

¿Quién puede utilizar, y de forma parcial, contenidos con derechos de autor?
el profesorado
Si se usan o citan dichos contenidos, ¿qué se debe de indicar?
una breve reseña del mismo con atribución a la fuente de donde se extrae,pero siempre citando su procedencia a través de un hiperenlace a la web original y, si se quiere, un texto donde se cite expresamente algo así como “Extracto del artículo XXX… del autor X” De esta forma se le reconoce la autoría.


¿Podemos incrustrar en nuestro blog un video alojado en Youtube? ¿Por qué?
si ....por que podemos reproducirlo desde nuestro blog sin dejar de estar alojados en su plataforma original (Youtube.com p.ej.). Esa opción se hace posible gracias al código embed –de incrustación- que está asociado a cada documento.


¿Podemos descarganos una imagen de internet y después usarla en nuestro blog?
si...pero puede ser ilegal. El dueño de la imagen se puede enfadar, esgrimir el copyright de su obra y denunciarnos. Llegados a ese caso, como profesores podremos alegar que se había usado para fines educativos sin ánimo de lucro, pero dependerá de su buena voluntad estimar la nuestra

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